I ESTABLECE FUNCIONES DE SEGURIDAD EN ACTOS DE SERVICIO
A contar de esta fecha, se establecen las siguientes funciones de seguridad en los Actos de Servicio.
1.- Cada Compañía cuando concurra a un Acto de Servicio, el Oficial o Voluntario a cargo, deberá designar un Voluntario para efectuar las labores de seguridad, quien será el nexo entre el Departamento de Prevención de Riesgos y su Compañía u otra Unidad, cumpliendo de esta forma las funciones de Asesor de Seguridad en el lugar, además dará cuentas al Voluntario y/o Oficial a cargo de su Compañía y/o del acto de servicio.
Las funciones del Voluntario a cargo de la seguridad son:
Informar al Oficial o Voluntario a cargo de su Compañía lo siguiente:
· Condiciones inseguras en el lugar del servicio
· Acciones inseguras de los Voluntarios
· Fiscalizar el uso de los Equipos de protección personal de su Compañía y que tiene normado el Cuerpo, para los actos de servicio.
· Ubicación segura del Material Mayor de su Compañía, que se encuentra trabajando en el acto de servicio.
Para distinguir a este Voluntario, se implementará un brazalete verde, el cual será utilizado en el brazo izquierdo por la persona designada.
II FIJA PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES
A contar de esta fecha, se fija el siguiente procedimiento de Investigación de Accidentes para Voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa y/o Personal Rentado de la Institución.
1.- El Capitán de Compañía es el responsable de efectuar y/o coordinar la investigación del accidente ocurrido a su Personal (Voluntarios y/o Personal Rentado), e informar en un plazo de 48 horas a esta Comandancia.
2.- Si en el accidente participan otras Compañías, estas deberán cumplir con el mismo procedimiento, indicando la actividad realizada en el lugar, datos del Voluntario que se encontraba efectuando trabajos junto al Voluntario accidentado y nombre del Voluntario u Oficial a cargo de la Compañía.
3.- Si este plazo no es adecuado para efectuar la Investigación, deberá solicitar autorización al Comandante y/o al Inspector de Prevención de Riesgos, argumentando los motivos del mayor plazo.
4.- En la Investigación se deberán indicar claramente los siguientes antecedentes:
(Se adjunta formulario)
· Actividad que se estaba desarrollando cuando ocurrió el accidente
· Antigüedad del Voluntario o Personal Rentado
· Uso de elementos de trabajo usados durante el accidente
· Elementos de protección personal, usados durante el accidente
· Indicar si estaba efectuando el trabajo con otro Voluntario (indicar la mayor cantidad de datos de testigos o participantes en el accidente)
· Croquis si corresponde
· Registro Fotográfico si corresponde
5.- Toda esta información será analizada por el Departamento de Prevención de Riesgos, para determinar los motivos del accidente y establecer las medidas de control necesarias a fin de evitar la ocurrencia de un nuevo evento.
6.- Se deberá llenar y adjuntar a las declaraciones, el Anexo 1 Formulario para la Investigación de Accidentes.
LA PRESENTE ORDEN DEL DIA, ES DE CARÁCTER PERMANENTE
Ñuñoa, Febrero 03 de 2010
DANIEL VERGARA RIPOLL
COMANDANTE
DVR/rlz