MODIFICA ASISTENCIA DE CARROS PORTAESCALAS EN ACTOS DE SERVICIO
A contar de esta fecha y con el fin de no restringir la asistencia de los Carros Portaescalas a los actos del servicio que les corresponda, independientemente del sector de despacho, reemplácese los siguientes puntos desde el Manual de Procedimientos de la Central de Alarmas:
Capítulo 3
a) Llamado de Comandancia 10-0: Estructural: Generalidades número VI por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
b) Salvamento 10-3: Generalidades número VI por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
c) Llamado de Comandancia 10-5: Incidente Hazmat: Generalidades número VII por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
d) Llamado de Comandancia 10-6: Emanación de Gas: Generalidades número V por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
e) Llamado de Comandancia 10-7: Llamado Eléctrico: Generalidades número I por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
f) Llamado de Comandancia 10-13: Atentado Terrorista: Generalidades número IV por el siguiente texto: “El despacho de los Portaescalas, será de acuerdo a la distribución establecida por la Comandancia, conforme al tiempo de respuesta y complejidad de la alarma.”
LA PRESENTE ORDEN DEL DIA, ES DE CARÁCTER PERMANENTE