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REGULA USO DE SIRENAS DE CUARTEL

A contar de esta fecha, se dispone y regula el uso de Sirenas de Cuarteles, estableciéndose las siguientes disposiciones:

a)         Las Compañías, que por razones de servicio necesiten comunicar una alarma a sus voluntarios, podrán utilizar este medio audible para realizarlo.

b)              El toque de Sirena estará autorizado en el siguiente horario de Lunes a Domingo entre las 09:00 y 21:00 horas.

c)              La forma de utilizar el sistema de Alarma de Cuartel, será el siguiente:    Llamados Cuartel Completo = 01 toque de Sirena de 10 segundos. 

Incendios = 03 Toques de Sirena de 10 segundos cada uno.          

Todo uso de Sirena fuera de este horario, será únicamente autorizado por la     Comandancia.

 

LA PRESENTE ORDEN DEL DIA, ES DE CARÁCTER PERMANENTE

 

 

 

Ñuñoa, Abril 10 de 2012

 

 

 

 

 

 

 

GONZALO MORALES FLORES

COMANDANTE 

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